Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI)
"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE EXPIDEN LA LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA Y
LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ARTÍCULO PRIMERO.- SE EXPIDE LA LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
I Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de la fracción V del
artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y tiene
por objeto:
I. Regular los apoyos que el Gobierno Federal está obligado a
otorgar para impulsar, fortalecer, desarrollar y consolidar la investigación
científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en general en el país;
Fracción reformada DOF 12-06-2009
II. Determinar los instrumentos mediante los cuales el Gobierno
Federal cumplirá con la obligación de apoyar la investigación científica, el
desarrollo tecnológico y la innovación;
Fracción reformada DOF 12-06-2009
III. Establecer los mecanismos de coordinación de acciones entre
las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y otras
instituciones que intervienen en la definición de políticas y programas en
materia de desarrollo científico, tecnológico e innovación, o que lleven a cabo
directamente actividades de este tipo;
Fracción reformada DOF 12-06-2009
TOMADO DE:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/242_081215.pdf